• 14 marzo, 2020

¿El Covid 19 y los impuestos?

¿El Covid 19 y los impuestos?

Ante una disminución de la economía es posible que los contribuyentes tengan que realizar un ajuste de sus precios.

El mundo se encuentra en calamidad sanitaria que sin lugar a dudas va generar efectos económicos de gran relevancia para todos los contribuyentes. Ya se empieza a señalar el efecto económico en diversos sectores de la economía, entre ellos el turismo con una cancelación de 8.000 noches, hasta el momento, y con una probable temporada baja más fuerte de lo usual.

Debemos considerar la adecuada aplicación de criterios contables en el manejo de gastos fiscalmente deducibles.

El entretenimiento está sufriendo un fuerte golpe ante la imposibilidad de llevar adelante sus actividades ordinarias, a lo anterior debemos señalar el efecto mundial que está provocando una desaceleración de la economía y que genera una disminución en la exportación de nuestros productos “y así podríamos señalar múltiples efectos en la económica y en las empresas del país”, comentó el Máster Marco Vargas Siles, Contador Público-Especialista en Materia Tributaria, socio de la firma Vargas Vargas & Asoc, en Costa Rica.

El tema es, según Vargas Siles,  qué podemos hacer para ayudar a las finanzas de nuestras empresas en materia fiscal, para lo cual vale la pena señalar varios aspectos: Reducción de los pagos parciales, la situación actual sin lugar a dudas generara una disminución en los rendimientos de las empresas, por lo tanto un pago de impuesto sobre la renta disminuido, a esto debemos señalar que tenemos un año fiscal atípico con más pagos parciales de lo usual, por lo que es conveniente revisar nuestra situación y si es el caso realizar las gestiones necesarias para solicitar la reducción de los pagos parciales según lo establecido en la resolución DGT-07-2018.

Ante una disminución de la economía es posible que los contribuyentes tengan que realizar un ajuste de sus precios y con lo cual generar créditos en exceso, de acuerdo con Vargas, producto de la relación de márgenes de ganancia, ante esta situación es posible valorar si es necesario realizar una petición ante la administración tributaria para reducción, los porcentajes de retención de IVA, lo anterior fundamentado en el artículo 102 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y 55 del Reglamento de procedimientos tributarios, así como las directrices de la Dirección de Recaudación.

Asimismo, debemos considerar la adecuada aplicación de criterios contables en el manejo de gastos fiscalmente deducibles, tal es el caso de los gastos asociados a las pérdidas de inventario y su aplicación de acuerdo a la resolución 29-2018.

“Por todo lo anterior es conveniente revisar con detalle mis operaciones comerciales y validar si las mismas se ajustan a las mejores prácticas tributarias considerando la situación que estamos viviendo”, señaló Vargas.

Redaccion
Etiquetas: calamidad sanitaria / Costa Rica / desaceleración de la economía / economía / impuestos / Vargas Vargas & Asoc

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