• 31 julio, 2026

Feriado del 2 de agosto en Costa Rica: estas son las reglas de pago para trabajadores y patronos

Feriado del 2 de agosto en Costa Rica: estas son las reglas de pago para trabajadores y patronos

El Día de la Virgen de los Ángeles será un feriado de pago sin obligatoriedad y, al coincidir con domingo en 2026, se mantendrá en su fecha oficial sin traslado a otro día.

Síganos en Instagram: @revistavidayexito

El próximo 2 de agosto, Día de la Virgen de los Ángeles, patrona de Costa Rica, se celebrará como un feriado de pago sin obligatoriedad por lo que la remuneración dependerá de la modalidad salarial de cada persona trabajadora y de si presta servicios durante esa jornada.

De acuerdo con el artículo 148 del Código de Trabajo, este tipo de feriado cuenta con reglas específicas para su pago, tanto para quienes reciben salario mensual o quincenal como para quienes laboran bajo esquemas semanales, diarios o por hora.

Pago según modalidad salarial

Las personas con salario mensual o quincenal ya tienen incluido el pago del feriado dentro de su remuneración ordinaria. Por ello, pueden disfrutar del día libre sin afectación salarial.

En caso de trabajar durante el feriado, deberán recibir un pago adicional equivalente a la jornada ordinaria laborada, con lo que se completa la remuneración doble correspondiente. Si además realizan horas extraordinarias, estas deberán pagarse con el recargo establecido para jornadas extraordinarias.

“Si una persona con salario mensual o quincenal labora durante el 2 de agosto, deberá recibir un pago adicional sencillo por las horas trabajadas, con el fin de completar el pago doble de la jornada. En caso de realizar horas extraordinarias, estas deberán remunerarse de manera triple”, explicó Rebeca Artavia, socia de BDS Asesores.

Para quienes reciben salario semanal en actividades distintas al sector comercial, diario o por hora, el feriado puede disfrutarse como día libre, aunque el patrono carece de la obligación de remunerarlo sin que se dé la prestación de servicios.

Si estas personas trabajan durante el feriado, corresponde el pago ordinario por las horas laboradas. Las horas extraordinarias deberán reconocerse con el recargo correspondiente del 50%.

El feriado se mantiene el domingo

Aunque algunos feriados cuentan con disposiciones especiales de traslado, el 2 de agosto de 2026 se celebrará el domingo en su fecha oficial, debido a que la legislación vigente no establece un cambio de fecha para esta celebración.

La normativa laboral contempla que, dependiendo de la actividad económica o de necesidades justificadas de la empresa, algunas personas trabajadoras pueden ser requeridas para laborar durante un feriado.

“El Código de Trabajo permite que el patrono solicite a sus colaboradores laborar durante un feriado cuando la actividad de la empresa así lo requiera. En estos casos, es fundamental respetar las reglas de remuneración previstas por la legislación laboral y comunicar la necesidad de trabajar con la debida anticipación”, agregó Artavia.

El conocimiento de estas disposiciones permite a empresas y trabajadores organizar con anticipación la jornada laboral y cumplir con las obligaciones establecidas por la normativa costarricense.

Redaccion
Etiquetas: derechos laborales / Día de la Virgen de los Ángeles / feriado 2 de agosto / legislación laboral Costa Rica / pago de feriados

Recomendaciones sobre este tema

La OIT aprueba un convenio para garantizar derechos a trabajadores de plataformas digitales

La OIT aprueba un convenio para garantizar derechos a trabajadores de plataformas digitales

El convenio contempla obligaciones para las empresas en materia de prevención.