• 26 junio, 2019

Relaciones por servicios profesionales deben suscribirse en contratos

Relaciones por servicios profesionales deben suscribirse en contratos

Los servicios profesionales se pueden desarrollar desde cualquier lugar, sus labores se establecen en el contrato

Si se opta contratar un servicio debe documentarse mediante un contrato escrito.

Lupita Quintero, especialista en Derecho Laboral de la firma Nassar Abogados, explica que los servicios profesionales  y la contratación tercerizada, conocida en idioma inglés como outsourcing, carecen de regulación en la legislación costarricense por lo que el uso de un documento legal, que deje en claro las características de lo contratado, es altamente recomendado.

“Es sumamente importante que la relación entre ambas partes, tanto del contratista como del contratante, se documente mediante un contrato por servicios profesionales para protección de ambos”, explicó Quintero.

La experta asegura que el contrato debe ser escrito y que además no debe pasar por alto cláusulas de importancia para la relación.

“Ese documento legal siempre debe llevar al menos el objeto  para precisar lo se va a hacer, el plazo, el precio, la forma de pago, las obligaciones del contratante y del contratista, las cláusulas penales en caso de incumplimiento, las multas por atrasos, la confidencialidad solicitada y la protección de datos  personales ”, dijo la asociada de Nassar Abogados.

Previsiones

La experta asegura que el contrato debe ser escrito.

Una recomendación importante para el contratante es que se asegure que el contratista cumple con todas las obligaciones laborales como son el pago de las cuotas obrero-patronales y la póliza de riesgos del trabajo del Instituto Nacional de seguros.

“Ambos detalles son necesario verificarlos porque de esa manera se evitan riesgos en caso de que algún empleado del contratista o la misma Caja Costarricense del Seguro Social reclame responsabilidad solidaria por parte del contratante”, mencionó.

Diferencias entre empleado dependiente y autónomo

El empleado dependiente es el que está dentro de la planilla de una empresa, el que es subordinado a su jefatura inmediata, el que su salario está pactado ante la ley, tiene horario y cumple una jornada. Además, tiene beneficios como lo son las vacaciones y el aguinaldo, trabaja con normalidad desde las instalaciones de la empresa donde se le dan las herramientas para realizar sus labores, las actividades se realizan por cuenta y riesgo del patrono y no puede rechazar un trabajo instruido por su jefe.

Bajo la contratación por servicios profesionales, el contratista  no es subordinados, más bien coordinan sus trabajos con su contratante, la remuneración es acordada contractualmente y excede usualmente al pago de un salario. No tienen que cumplir un horario y no tienen pagos de beneficios laborales.

Los servicios profesionales se pueden desarrollar desde cualquier lugar, sus labores se establecen en el contrato, deben asumir el riesgo del ejercicio de sus labores, así como las herramientas que utilicen para hacer sus tareas.

Redaccion
Etiquetas: contrato legal / contratos / Costa Rica / empleado autónomo / empleado dependiente / Nassar Abogados / servicios profesionales

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