• 19 febrero, 2019

Empresarios costarricenses se alistan para nuevo registro de accionistas

Empresarios costarricenses se alistan para nuevo registro de accionistas

Las multas por incumplir con el registro de accionista podrían ser hasta de 100 salarios base

Las personas jurídicas costarricenses están a punto de experimentar uno de los cambios más grandes que se hayan registrado en el país, esto a partir del 1ero de marzo.

Se trata de la Ley 9416 Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, publcada en diciembre de 2016 y que en su capítulo II obliga a las personas jurídicas a suministrar, a través de sus representantes legales, información sobre la composición de su capital social y beneficiarios finales.

Para este efecto, los llamados a cumplir con este registro deberán contar con un certificado de firma digital y llenar el formulario que será publicado hasta el 27 de febrero. Las sociedades deberán registrar a los accionistas que cuenten con más del 15% del capital social, sean éstos personas físicas o jurídicas.

“Al final lo que busca la autoridad es transparentar procesos y luchar de mejor forma contra el fraude fiscal, solicitando más información sobre los accionistas y con multas que podrían llegar hasta los 100 salarios base”, comentó Raymundo Volio, Máster en Derecho Tributario del Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios.

De acuerdo al artículo 84 bis de dicha ley, a quienes incumplan el deber de suministrar la información se les impondrá “una multa pecuniaria proporcional del dos por cierto (2%) de la cifra de los ingresos brutos de la persona jurídica o estructura jurídica, en el periodo del impuesto sobre las utilidades, anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de cien salarios base”.

Los llamados

Sin importar su tamaño, los obligados a cumplir con la entrega de esta información son las personas jurídicas y estructuras jurídicas con domicilio en Costa Rica; los fideicomisos (excepto los públicos); los administradores de recursos de terceros y las organiaciones sin fines de lucro, con actividades que se cataloguen como buenas obras.

A partir del 1ero de marzo, las sociedades tendrán un mes para completar el registro.

A partir del 1ero de marzo, las sociedades tendrán un mes para completar el registro, a partir del mes que les corresponda hacerlo. Esto se determinará gracias al último número de su cédula jurídica.

La información será administrada por el Banco Central, quien podrá brindarla únicamente al Ministerio de Hacienda y al Instituto Costarricense sobre Drogas, para efectos de cumplir con funciones de la administración tributaria y fiscalización en casos específicos de sospechas de evasión u otros comportamientos ilegales.

El Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios estará impartiendo un seminario que busca a ayudar a los encargados de sociedades y personas jurídicas a entender adecuadamente los alcances del registro de accinonistas, así como las sanciones a las que se ven expuestas las sociedades por incumplimiento.

La actividad se llevará a cabo el 5 de marzo y para recibir la información quienes estén interesados pueden escribir al correo capacitaciones@seminariosdeactualidad.com o llamar al teléfono (506) 2256-7070.

Etiquetas: Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios / Costa Rica / estructuras jurídicas / Personas jurídicas / registro

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